Toda persona o empresa que trate con datos personales, sin importar la actividad que realice debe contar con un aviso de privacidad.
Todo responsable que trate datos personales, sin importarla actividad que realice o si se trata de una persona física o moral, requiere elaborar y poner a disposición su aviso de privacidad.
Las micro pequeñas y medianas empresas que manejen datos personales están obligados a tener avisos de privacidad. Pero no importa si eres médico, abogado o contador independiente, también estas obligado
Para los profesionales de la salud es un punto que deben tener en cuenta.
No contar con un aviso de privacidad cuando se está obligado, o bien, transgredir alguno de los derechos ARCO, podría ocasionar una multa de 100 a 320, 000 veces el valor de la UMA ($8,688.00 a $27,801,600.00 para 2020) según lo indican los artículos 63, fracciones I, V, IX, XI y XIII y 64, fracciones I, II y III de la LFPDPP; de ahí la relevancia de crear un documento que cumpla con todos y cada uno de los elementos esenciales previstos por la normativa
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